viernes, 16 de octubre de 2009

LOS MEDICAMENTOS SE VENDEN SOLO EN FARMACIAS


Se prohíbe la venta en todo negocio

En la sesión realizada ayer, los Ediles capitalinos aprobaron la ordenanza 5632 que prohíbe dentro del ámbito municipal, la venta de medicamentos en todo negocio que no esté habilitado por la autoridad competente como Farmacia.

La norma de autoría de las Concejales Patricia Armella y Rita Robles, del bloque Justicialista, establece además que será la Municipalidad de la Capital a través de las áreas pertinentes, quienes realizarán los controles eficaces para tal fin. Asimismo, lo autoriza a firmar convenios con el Colegio de Farmacéuticos de la provincia, a los efectos de capacitar a los Inspectores Municipales que realizarán los controles.

Del mismo modo, el no cumplimiento de lo establecido recaerá en una multa y el decomiso de los medicamentos, los cuales serán registrados debidamente en un acta y destruidos según las normas vigentes, bajo supervisión de un farmacéutico designado por el Colegio que los agrupa y las Autoridades Municipales conjuntamente.

En tanto, el Departamento Ejecutivo elevará al Concejo Deliberante un informe sobre las sanciones impuestas, en le cual se especificará el nombre del comercio, domicilio legal y datos del propietario.

Las Ediles, en el articulado de la norma también fijan que lo recaudado de las multas establecidas será destinado a las campañas que realizará el Municipio, en referencia a la salud pública y coincidieron en manifestar que la presente “se enmarca en la necesidad imperiosa de dar cumplimiento a las leyes que se sancionan en pos de brindar seguridad en cuanto a salud para todos los vecinos de nuestra ciudad”.

Queda establecido además que de manera conjunta, el Colegio de Farmacéuticos de Jujuy realizarán la impresión de carteles a ser pegados en los negocios donde se informará que “el ámbito exclusivo de venta de medicamentos es la Farmacia” y que “la dispensa debe estar supervisada por un Farmacéutico”.

Por su parte el Departamento Ejecutivo Municipal deberá comunicar la vigencia de la presente ordenanza a todos los establecimientos autorizados para vender medicamentos en forma mayorista con domicilio en esta ciudad y arbitrar los medios necesarios para comunicar a los Establecimientos (Droguerías y Laboratorios) de extrazona.

Finalmente, mediante esta reglamentación se deroga la ordenanza 851/89.-

No hay comentarios: