jueves, 2 de septiembre de 2010

EN LA SESIÓN ESPECIAL SE APROBARON ORDENANZAS


En el marco del Cabildo Abierto del Bicentenario, se aprobaron las Ordenanzas Nº 5881/2010 donde se declara a San Salvador de Jujuy Ciudad Mártir y Heroica, por considerarse lugar de acontecimientos de trascendencia histórica en la guerra por la Independencia y la Libertad de la Patria, durante la gesta fundante de la Nación, partiendo de las Libertades Civiles.

En su articulado refiere a que el Municipio capitalino deberá erigir en espacio público un Monumento recordatorio a la Gesta, invitando a las Fuerzas vivas, Agrupaciones Gauchas y Regimientos Militares como autoras de la Gesta Histórica.

Otra Ordenanza aprobada es la 5882/2010, que declara al 21 de marzo de 1813 como el día de la “Reconquista de Jujuy”, para su conmemoración anual como fecha de Calendario Histórico de la Ciudad.

En el artículo segundo, se dispone de un espacio público para erigir un Monolito Recordatorio con su Placa correspondiente, vinculándolo a la Gesta Belgraniana.

Durante la sesión especial, se leyeron otras ordenanzas ya aprobadas por el Cuerpo Parlamentario en sesiones anteriores, como el caso de Ord. 5833/2010, recordando el

Día 16 de Junio de 1810, como fecha en que el Cabildo de la Ciudad, se adhiere a la Revolución y en mérito a su Participación en toda la gesta fundante de la Nación, en su Bicentenario; asimismo, también se dispone en la norma la colocación de una placa recordatoria en el edificio del Cabildo Jujeño para su conmemoración y reconocimiento del Pueblo de tan magna fecha.


Otras Ordenanzas refieren a la declaración de las Instituciones Militares, mediante Ord.5835/2010, al R.I. Mec. 20 Regimiento de Infantería Mecanizado 20 “Cazadores de los Andes” y al G.A. 5 Grupo de Artillería 5 “Capitán Felipe Antonio Pereyra Lucena” “Unidades Históricas de la Ciudad De San Salvador de Jujuy”, un justo y merecido reconocimiento por su gloria y honra; siendo que con su trayectoria, correspondieron al pueblo Jujeño durante los doscientos años de la creación del Ejercito Argentino.

En otro artículo, se estipula que se deberá elevar la presente Ordenanza al Poder Legislativo Provincial a los efectos de que se considere su trato, en declaración a nivel Provincial.

Y en emotivo momento, la edil Marta Russo Arriola se refirió al rol de la Mujer como eje fundamental en la importante gesta y refirió: “En Reconocimiento del Pueblo de Jujuy a la Mujer que Impulso el Espíritu Revolucionario en la Gesta por la Independencia y a su Participación Constante en la Construcción del Destino de la Patria en el Bicentenario de la Nación Independiente, 1810 – 2010”.

En la Ord. 5826/2010 leída, también solicita al Departamento Ejecutivo que disponga de un espacio verde público o plazoleta, para la edificación de un monolito con la colocación de una placa recordatoria.

Las primeras Ordenanzas, aprobadas por el Cuerpo Legislativo presente y durante un breve cuarto intermedio, fue el Intendente de la Ciudad Raúl Jorge; junto a los Secretarios de distintas áreas y funcionarios, quienes procedieron a promulgar las mismas, inmediatamente.-

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