miércoles, 16 de abril de 2014

REGULACIÓN DEL RÉGIMEN DE JARDINES MATERNALES EN SAN SALVADOR DE JUJUY



En la segunda sesión ordinaria del Concejo Deliberante de San Salvador de Jujuy, tomó estado parlamentario el proyecto de Ordenanza referido a la “Regulación del Régimen de Jardines Maternales” en el ámbito de la ciudad, iniciativa impulsada por la concejal Alejandra Mollón, representante del Bloque LyDER.

En referencia a este proyecto presentado, la edil comento: “Nuestra intención es que todos los jardines maternales existentes en el ejido municipal tengan una regulación que nos asegure, no solamente la parte edilicia y técnica que es de suma importancia, porque el jardín maternal es el lugar donde dejamos lo más importante que tenemos, que son nuestros hijos”.

Mollón sostuvo que este proyecto contiene en su articulado las obligaciones que las Instituciones deben cumplir, como fundamentalmente proteger la integridad Bio-Psico-Social de los niños/as, priorizar los vínculos con la familia y grupo de pertenencia  del niño/a. Garantizar condiciones ambientales, los detalles edilicios de seguridad y salubridad; asegurando además, la idoneidad del personal a cargo de los menores “por supuesto a nivel profesional de primer nivel, esa es nuestra intención”.  

La concejal agregó además, “todos, los públicos, los privados y los que existan en Empresas que le dan ese servicio a sus trabajadores deben contar con todas las medidas de seguridad y profesionales que correspondan”.

Otras consideraciones están referidas a garantizar un clima de relación afectiva que fortalezca el proceso de maduración del niño/a. Respetar normas de higiene, de prevención de enfermedades, accidentes y de correcta nutrición. Explicitar claramente las pautas de admisibilidad y permanencia de los niños/as, “las que bajo ningún concepto podrán discriminar por causa de origen, nacionalidad, orientación sexual o religión del niño/a, ni de sus progenitores”, destacó.

El programa comprende los Centros Maternos Infantiles, ya sean Estatales, bajo la órbita de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal o de Titularidad Privada, Asociaciones Intermedias, Organizaciones No Gubernamentales, Mutuales, Empresas o Fábricas, situados dentro del Ejido Municipal.
En otro orden, estas instituciones en cuestión tienen que articular tres funciones. Las funciones Pedagógicas, las funciones Asistenciales y Sociales.

Respecto de la habilitación de los Establecimientos comprendidos en la presente Ordenanza se tramitará a partir de la entrada en vigencia de la misma y su reglamentación, ante el organismo competente que determine el Departamento Ejecutivo Municipal, que además funcionará como autoridad de aplicación.

En el caso de comprobarse incumplimiento a estas normas, el organismo correspondiente estará facultado para realizar las correcciones y establecer plazos de notificación a los propietarios, como así también fijar sanciones, las que podrán ir desde multas pecuniarias hasta quita de Autorización para su funcionamiento.

“En base a toda la información obtenida, hemos resumido todo en esta Ordenanza que ingresó a Comisión y estamos a disposición para poder enriquecerla, para poder debatirla con los otros Bloques e incluso con interesados en el tema que no pertenezcan al Concejo Deliberante”, aseveró la legisladora comunal.

Finalmente la concejal Mollón adelantó “en caso de que la norma, que está en Comisión, sea promulgada las instituciones comprendidas deberán adecuarse a todos los requisitos establecidos por la misma, dentro de un plazo máximo de 180 días”.


Es importante destacar que este proyecto fue girado a la Comisión de Cultura, Educación y Turismo para su correspondiente estudio y tratamiento.  

No hay comentarios: